Renovación de la acreditación (ACREDITA)

Es la evaluación también llamada expost. Los títulos universitarios deben someterse periódicamente a la renovación de su acreditación por el Consejo de Universidades, bien dentro de la renovación de la acreditación institucional de centros, bien como un procedimiento que requiere la evaluación de cada título por la agencia de calidad, en el caso de centros no acreditados institucionalmente. ANECA lleva a cabo esta valoración a través del programa ACREDITA.

El programa ACREDITA tiene como objetivo la evaluación de los títulos universitarios oficiales para la renovación de su acreditación. Esta evaluación se realiza de manera cíclica y tiene un doble objetivo: comprobar si el título se está llevando a cabo de acuerdo con los objetivos establecidos en su proyecto inicial (por el cual obtuvo la condición de título oficial) y comprobar si sus resultados son adecuados y contribuyen a la formación de los estudiantes y a la consecución, por tanto, de los objetivos previstos. El resultado de este proceso de evaluación es un informe final, en términos favorables o desfavorables, a la renovación de la acreditación.
 

Programa acredita Programa acredita

Ámbito de actuación

La legislación española  que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en España, establece que los títulos universitarios oficiales deberán someterse  a unos procesos de evaluación externa por parte de ANECA en diferentes etapas. Una primera etapa, previa a la implantación del título, en la ANECA, a través del programa VERIFICA   evalúa el diseño de este.

Una vez implantado el título, ANECA realiza un seguimiento del desarrollo de la implantación del mismo, a través del programa MONITOR  , y una tercera etapa, en la que, los títulos una vez hayan completado su implantación deberán someterse a un proceso cíclico de renovación de la acreditación del mismo para mantener su condición de título oficial. Para esta última fase, ANECA ha desarrollado el programa ACREDITA.

La legislación establece la periodicidad  y los agentes encargados  de realizar la renovación de la acreditación.

ANECA tiene encomendada la renovación de la acreditación de los títulos oficiales de la:

 

  • Universidad Nacional de Educación a Distancia
  • Universidad Internacional Menéndez Pelayo
  • Universidad de Navarra
  • Universidad Pontificia Comillas
  • Universidad de Oviedo
  • Universidad de Cantabria
  • Universidad Europea del Atlántico
  • Universidad Pública de Navarra
  • Universidad de La Rioja
  • Universidad Internacional de La Rioja
  • Universidad de Extremadura
  • Universidad de Castilla-La Mancha
  • Universidad de Murcia
  • Universidad Politécnica de Cartagena
  • Universidad Católica de San Antonio
     

Periodicidad

¿Cuándo debe un título renovar su acreditación?

  • Los títulos universitarios oficiales de Grado de 240 créditos deberán renovar su acreditación en el plazo máximo de seis años desde la fecha de verificación del título o desde la fecha de su última acreditación.
  • Los títulos universitarios oficiales de Grado de 300 créditos, deberán renovar su acreditación en el plazo máximo de siete años desde la fecha de verificación del título o desde la fecha de su última acreditación.
  • Los títulos universitarios oficiales de Grado de 360 créditos deberán renovar su acreditación en el plazo máximo de ocho años desde la fecha de verificación del título o desde la fecha de su última acreditación.
  • Los títulos universitarios oficiales de Máster deberán renovar su acreditación en el plazo máximo de cuatro años desde la fecha de verificación del título o desde la fecha de su última acreditación.
  • Los títulos universitarios oficiales de Doctorado deberán renovar su acreditación en el plazo máximo de seis años desde la fecha de verificación del título o desde la fecha de su última acreditación.

Periodicidad

¿Cuándo debe un título renovar su acreditación?

Los centros universitarios que no estén acreditados institucionalmente deberán renovar la acreditación de sus títulos universitarios oficiales de acuerdo con el procedimiento que cada Comunidad Autónoma establezca en relación con las universidades de su ámbito competencial, que será resuelta por el Consejo de Universidades a partir del informe preceptivo y vinculante de la agencia de calidad correspondiente, dentro de los siguientes plazos:

a) La acreditación de los títulos universitarios oficiales de Grado que tengan 240 créditos deberá haber sido renovada en el plazo máximo de seis años, desde la fecha de inicio de impartición del título o de renovación de la acreditación anterior.

b) La acreditación de los títulos universitarios oficiales de Grado que tengan 300 o 360 créditos deberá haber sido renovada en el plazo máximo de ocho años, desde la fecha de inicio de impartición del título o de renovación de la acreditación anterior.

c) La acreditación de los títulos universitarios oficiales de Máster deberá haber sido renovada en el plazo máximo de seis años, desde la fecha de inicio de impartición del título o de renovación de la acreditación anterior.

d) La acreditación de los títulos universitarios oficiales de Doctorado deberá haber sido renovada en el plazo máximo de seis años, desde la fecha de inicio del programa de Doctorado o de renovación de la acreditación anterior.

Agentes encargados de realizar la evaluación para la renovación de la acreditación

Se establece que será ANECA o, en su caso, los órganos de evaluación que la Ley de las Comunidades Autónomas determinen, los encargados de realizar una valoración para la renovación de la acreditación, de acuerdo con los  protocolos de evaluación  que se establecerán conjuntamente entre las Agencias de Evaluación que cumplan con los criterios y estándares de calidad establecidos por la Comisión Europea.

ANECA realiza la evaluación para la renovación de la acreditación de los títulos de las siguientes universidades: Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Universidad Pontificia Comillas, Universidad de Navarra, Universidad Pública de Navarra, Universidad de La Rioja, Universidad Internacional de la Rioja, Universidad de Murcia, Universidad Politécnica de Cartagena, Universidad Católica de San Antonio, Universidad Cantabria, Universidad Europea del Atlántico, Universidad de Oviedo, Universidad de Castilla-La Mancha y Universidad de Extremadura.

De manera adicional, ANECA realiza la evaluación para la renovación de la acreditación de las equivalencias a títulos universitarios oficiales de los títulos de:

  • La Escuela Nacional de Policía.
  • La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE)