La igualdad de género es un principio jurídico universal recogido en el artículo 14 de la Constitución de 1978, que proclama el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo y en su artículo 9.2, que consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en los que se integra sea real y efectiva.
El pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley se completó con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. El artículo 45.1 de esta ley obliga a las instituciones a adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso, acordar, con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras.
Por ello, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Acreditación (ANECA) cuenta con su Plan de Igualdad 2022-2025, cuyo objetivo general es garantizar la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres en el acceso, la selección, la contratación, la promoción, la formación, conciliación, salud laboral, así como prevenir situaciones de acoso sexual y/o por razón de sexo, y la violencia de género.
En esta página puede consultar el Plan de Igualdad y los distintos documentos que se han desprendido de éste.