Cátedra

Requisitos previos para solicitar la evaluación

  • Para poder presentar la solicitud de acreditación al cuerpo de Catedráticos de Universidad, los aspirantes deben cumplir, en el momento de presentar la solicitud, el siguiente requisito: Pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o al de Catedráticos de Escuela Universitaria siendo doctores.
  • La exención del requisito de pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a que se refiere el art. 60.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, se concederá a quienes acrediten tener la condición de doctor con, al menos, ocho años de antigüedad, y hayan obtenido informe positivo en la acreditación para profesor titular de universidad con la calificación de «Excepcional» (A) en la evaluación de su actividad investigadora.
  • Podrá solicitar la acreditación a catedrático sin necesidad de solicitar la acreditación a profesor titular ni de pertenecer al cuerpo de profesores titulares, siempre que acredite tener la condición de doctor con, al menos ocho años de antigüedad:
    • a) El personal funcionario perteneciente a cuerpos o escalas de personal investigador para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de Doctor.
    • b) El profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado en aquellas una posición equivalente, al menos, a la de profesor titular de universidad.