Acreditación del profesorado titular de escuela universitaria

En este caso pueden acreditarse, según el caso, por dos vías:

1. Las personas solicitantes a las que les sea de aplicación alguna de las condiciones indicadas en el apartado 4 de la Disposición Adicional Primera del RD 1312/2007:

  • Dos periodos de docencia y un periodo de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario.
  • Dos periodos de docencia reconocidos de acuerdo con las previsiones del real decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario, y seis años en el desempeño de los órganos académicos unipersonales recogidos en estatutos de las universidades o que hayan sido asimilados a estos.
  • Dos periodos de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario de investigación.

Estas personas pueden utilizar un procedimiento simplificado sin necesidad de presentar toda la documentación requerida en el resto de procedimientos,  no tienen que hacer uso de la aplicación informática y sólo deben aportar en papel la siguiente documentación: 

  • Impreso de solicitud por duplicado (se entrega un ejemplar y el segundo se sella en el lugar de presentación de la documentación como justificante para el interesado). Los dos ejemplares del impreso de solicitud han de presentarse en papel, obligatoriamente en el modelo establecido y que está disponible en la página web de ANECA (apartado disposiciones adicionales 1 y 3).
  • Declaración de veracidad según el modelo establecido. Esta declaración debe ir firmada.
  • Fotocopia del NIF, el pasaporte o tarjeta NIE. 
  • Copia de la documentación probatoria de los requisitos exigidos en el RD 1312/2007 para optar a la acreditación solicitada. Esto es, 
    • Copia del documento (título, nombramiento o copia de su publicación en el BOE) probatorio del requisito de Profesor Titular de Escuela Universitaria o de Profesor estable o permanente de INEF. 
    • Copia del título de doctor. 
  • Copia de los documentos probatorios del cumplimiento de alguno de las tres situaciones especiales aplicables a estos aspirantes. Esto es: 
    • Hoja de Servicios con indicación del número de periodos de la actividad docente (quinquenios) que tenga reconocidos el aspirante. 
    • Certificado de la Universidad (o universidades, cuando hayan sido desempeñados en más de una universidad) sobre el desempeño por el aspirante de órganos académicos unipersonales recogidos en estatutos de las universidades o que hayan sido asimilados a estos. 

Dentro del certificado que emita su Universidad debe incluir que los cargos asimilados a cargos académicos unipersonales cumplen con los requisitos definidos en los artículos 20 al 26 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la LOU 2007. 

  • Certificado de los periodos de investigación reconocidos por la CNEAI, en los supuestos que requieren este reconocimiento, en caso de que no consten en la hoja de servicios o en alguno de los certificados de la Universidad. 

Las copias de los documentos anteriormente mencionados pueden entregarse como copias simples siempre y cuando vayan acompañadas de la declaración jurada anteriormente mencionada, en la que el solicitante asegure, que la copia entregada responde fielmente al original, sin perjuicio de que puedan ser requeridos al interesado los oportunos documentos originales que acrediten la citada declaración. 

La documentación quedará en poder de ANECA y no será devuelta en ningún caso a los aspirantes, por lo que no deben aportarse documentos que sean insustituibles.

Lo más recomendable es enviar la documentación a ANECA a través del Registro Electrónico Común (REC) accesible. También podría enviar la documentación a ANECA  a través de un registro público o por correo postal certificado a ANECA (Programa ACADEMIA), C/ Orense 11, 7ª planta 28020 Madrid

2. En cualquier otro caso

La forma de solicitud es la habitual, cumplimentando el CV y la solicitud a través de la aplicación prevista a tal efecto y alojada en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://sede.educacion.gob.es/portada.html);  señalando en esta solicitud como situación de origen "Profesor Titular de Escuela Universitaria", y se aplicarán los criterios de evaluación previsto para el campo científico que corresponda, de acuerdo a lo señalado en RD 415/2015 para el caso de los profesores de escuela universitaria por lo cual "obtendrán la evaluación positiva los solicitantes cuyos méritos docentes hayan sido calificados con una A, aunque sus méritos investigadores no alcancen la calificación C".

En este caso se deberá seguir el procedimiento establecido para la presentación de una solicitud: Procedimiento para la solicitud.