Atrás Nota informativa sobre RD por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobado en el Consejo de Ministros de 18 de julio de 2023

Nota informativa sobre RD por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobado en el Consejo de Ministros de 18 de julio de 2023

  • 19/07/2023

Ante las consultas recibidas, la dirección de ANECA informa sobre:

Entrada en vigor y el régimen transitorio aplicable a las solicitudes presentadas antes de su entrada en vigor y hasta el 1 de abril de 2024.
 

Programa ACADEMIA

El Real Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” (disposición final 4.ª).

Las solicitudes de acreditación presentadas antes de la entrada en vigor de este Real Decreto y las que se presenten hasta el 1 de abril de 2024 se resolverán de acuerdo con las normas y procedimientos regulados en el RD 1312/2007, de 5 de octubre (disposición transitoria 1.ª.1).

El procedimiento y la concreción de los criterios publicados mediante resolución de ANECA para la obtención de la acreditación estatal de los cuerpos docentes universitarios establecidos en este Real Decreto serán aplicables a partir del 1 de abril de 2024 (disposición transitoria 1.ª.2).

Las comisiones de acreditación y las comisiones de revisión previstas por el RD de 18 de julio de 2023 deberán estar constituidas el 1 de enero de 2024 (disposición adicional 1ª.1). 

Por tanto, el programa ACADEMIA vigente (conforme con el RD 1312/2007) estará funcionando como hasta ahora hasta el 1 de abril de 2024. La composición de las comisiones se adaptará al nuevo RD el 1 de enero de 2024; desde esa fecha, las nuevas comisiones resolverán las solicitudes presentadas hasta el 1 de abril de 2024 con arreglo al RD 1312/2007.