Evaluadas 993 solicitudes de acreditación de profesorado funcionario durante el mes de septiembre de 2025
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06/10/2025
Durante el mes de septiembre de 2025 se han evaluado 993 solicitudes de acreditación presentadas a partir del 1 de abril de abril de 2024, conforme con el nuevo procedimiento regulado por el RD 678/2024.
Es importante destacar que el plazo medio de resolución ha descendido hasta los 6,1 meses desde su presentación (en mayo fueron 10,2 meses, en junio 8,7 meses y en julio 7,4). Desde el mes de febrero, en que se celebraron las primeras sesiones colegiadas del nuevo procedimiento, el ritmo de resolución de las comisiones ha permitido ir reduciendo el tiempo medio de evaluación desde que se presenta una solicitud de acreditación. Con los datos anteriores se puede afirmar que ANECA avanza decididamente hacia el objetivo de que en ninguna comisión se superen los 6 meses de espera: ya lo hemos conseguido en 11 comisiones.
Como se venía haciendo en el anterior procedimiento, y teniendo ya datos de resoluciones negativas del nuevo procedimiento de acreditación, comenzamos a publicar a partir de junio la tasa de éxito de las personas solicitantes, y la tasa de éxito corregida (descontando los desistimientos tras la comunicación de un prenegativo). En resumen, en el mes de septiembre la media de positivos de profesorado titular ha sido de un 74% (han conseguido la acreditación un 76% de mujeres y un 82% de hombres), mientras que la tasa de éxito media de acreditaciones a cátedra ha sido de un 92%, ligeramente superior en mujeres.
Al publicar estos datos se informa del trabajo efectivo de las comisiones, y además se sigue avanzando en una comunicación más transparente de la actividad de ANECA.
Solicitudes evaluadas – Real Decreto 678/2023
El número de solicitudes evaluadas (993) que se recogen son:
- Las resoluciones positivas y negativas (solicitudes resueltas).
- Los acuerdos de trámite (peticiones de información complementaria, propuestas de resolución negativa y propuestas de inadmisión por no cumplimiento del requisito de movilidad, en las acreditaciones a PTU, o de la excelencia investigadora, en las acreditaciones a CU solicitadas por personas acreditadas a PTU/PPL).