Atrás Publicadas en BOE la convocatoria de sexenios de investigación 2023 y la composición de los comités evaluadores

Publicadas en BOE la convocatoria de sexenios de investigación 2023 y la composición de los comités evaluadores

  • 22/12/2023

Las solicitudes podrán presentarse del 22 de enero al 12 de febrero de 2024

Se han publicado en el BOE del 22 de diciembre la Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), por la que se nombran miembros de Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CENAI), así como la Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.

Como ya habíamos anunciado, el Consejo de Universidades aprobó, en su reunión del 18 de diciembre, la composición de los comités asesores que evaluarán la convocatoria de sexenios de investigación de 2023, que ya ha quedado publicada en BOE, y que presenta la novedad de incorporar un Campo 0 Interdisciplinar y Multidisciplinar.

Además, se ha publicado la convocatoria de 2023, que detalla los requisitos que deben cumplir las personas solicitantes, el plazo de presentación de solicitudes (de 22 de enero a 12 de febrero de 2024), así como la documentación que debe presentarse.

Dados las novedades que presenta la Resolución de criterios de evaluación de este año, se detalla que deberá presentarse para cada aportación:

  • Los datos que sean necesarios para su identificación.
  • Un identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).
  • Solo en el caso de publicaciones que no se encuentren en acceso abierto, el archivo en PDF de dichas aportaciones, de forma que se facilite el trabajo de evaluación de los comités asesores.
  • Solo en casos imprescindibles, el archivo en PDF justificativo de la aportación de acuerdo con lo indicado en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora (contrato de compraventa o de licencia en el caso de las patentes, evidencias que permitan identificar el objeto de evaluación en el caso de las aportaciones artísticas o creativas, etc.).

Asimismo, además de un resumen de cada aportación, la persona solicitante deberá acompañar los «indicios de relevancia e impacto» de la investigación, que podrán consistir en:

  1. Contribución de la aportación al progreso del conocimiento (originalidad, innovación, prioridad temática, aportación al debate científico, aportación metodológica, entre otros).
  2. Impacto científico de la aportación (uso y lectura, referencias realizadas por otros/as autores/as, calidad, internacionalización e impacto del medio de difusión, entre otros).
  3. Impacto social de la aportación (uso y lectura en plataformas no académicas, menciones no académicas o sociales, interacciones en medios o plataformas sociales, aportación a políticas públicas, entre otros).
  4. Contribución de la aportación a la ciencia abierta (grado de apertura, cumplimiento de principios FAIR en conjuntos de datos, contribución a software libre, diversidad de repositorios utilizados para el depósito, entre otros).