Atrás Aprobados los criterios de evaluación de la próxima convocatoria 2023 del sexenio de investigación

Aprobados los criterios de evaluación de la próxima convocatoria 2023 del sexenio de investigación

  • 05/12/2023

El Pleno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) ha aprobado en la sesión celebrada hoy, 5 de diciembre, los criterios para la evaluación de la actividad investigadora, que serán publicados en BOE por Resolución de la directora de ANECA y presidenta de la CNEAI

La dirección de ANECA ya anunció en el mes de octubre que estaba trabajando en la actualización de los principios y los criterios de evaluación de los sexenios de investigación con el objetivo fundamental de ajustarlos a la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) y dar coherencia a este programa de evaluación de la actividad investigadora con lo dispuesto en el Real Decreto 678/2023, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios (artículo 21.6).

Dada la importancia de esta reforma, la dirección de ANECA decidió abrir, por primera vez y de forma voluntaria, una consulta pública sobre el borrador de criterios de evaluación. Durante el período establecido para esta consulta se recibieron más de 600 contribuciones de una gran diversidad de agentes del sistema universitario y científico, que han sido estudiadas por la propia dirección de ANECA y por sus órganos asesores y, en su caso, integradas en el documento final que ha aprobado el Pleno de la CNEAI.

Para facilitar la revisión de los cambios introducidos en esta última fase, se hacen públicos tanto el texto definitivo con los cambios marcados como el texto enviado a BOE, de forma que toda la comunidad universitaria e investigadora pueda conocerlo sin necesidad de esperar a su publicación oficial. 

Del resultado obtenido, destacamos la ampliación del tipo de aportaciones que los solicitantes pueden someter a evaluación, de forma que se reconozca una mayor diversidad de perfiles y carreras investigadoras; el avance hacia una evaluación más cualitativa apoyada por un uso responsable de indicadores cuantitativos, que en el caso de los artículos no se pueden reducir al factor de impacto de las revistas; el reconocimiento de la multidisciplinariedad y la interdisciplinariedad, con la creación de un campo de evaluación específico; la contribución científica en abierto y la ciencia abierta a la sociedad; y el desarrollo de una nueva taxonomía de métricas.

En relación con las contribuciones recibidas durante el período de información y consulta precisamos las siguientes cuestiones:

  • Numerosas aportaciones hacían referencia a aspectos procedimentales dispuestos en la Orden ministerial de 2 de diciembre de 1994 (obligación de ocho meses de relación contractual al año, penalización de tres años tras evaluación negativa, clasificación de aportaciones “ordinarias” y “extraordinarias”, etc.) y, por tanto, exceden las competencias de ANECA. Se ha trasladado ya al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la necesidad de actualizar esta Orden.
  • Asimismo, se han recibido numerosas quejas sobre la imposibilidad de determinadas figuras de profesorado universitario y de personal investigador de participar en esta convocatoria. De nuevo, en este caso recordamos que esto no es decisión de ANECA sino de cada institución que, más allá de las figuras funcionariales, decide si firma convenios con la Agencia para la evaluación de otro tipo de figuras contractuales.
  • Como agencia evaluadora sí hemos podido corregir la obligación de presentar dos aportaciones sustitutorias, cuya presentación vuelve a ser, como en origen, opcional (solo se hizo obligatoria desde 2020). Con esta decisión, se pretende facilitar especialmente la construcción del primer tramo de investigación para las/os solicitantes más jóvenes.
  • También hemos podido articular una medida para seguir avanzando en la consecución de una igualdad efectiva, al incluir la posibilidad de presentar un número menor de aportaciones cuando se justifiquen adecuadamente situaciones de permisos de maternidad o paternidad, excedencias por el cuidado de las/os hijas/os, por el cuidado de familiares, etc. Con esta medida se pretende favorecer especialmente la participación de profesoras e investigadoras mujeres y reducir así la brecha salarial de género, que alcanza el 28,5 % en el caso del complemento por sexenios.
  • Se han integrado todas las contribuciones recibidas que resultan coherentes con lo mandatado por la LOSU, la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (LCTI), y la Estrategia Nacional de Ciencia Abierta (ENCA), así como con los compromisos y principios de la Coalición para el Avance de la Evaluación de la Investigación (CoARA) asumidos por ANECA y por más de 70 instituciones españolas. En particular:
    • Se respetan los acuerdos y tradiciones disciplinares en cuanto a los mínimos exigidos en cada Campo para obtener una valoración positiva, que se han ido consolidando hasta 2022, facilitándose así la transición entre modelos de evaluación.
    • Se respeta el derecho de atribución o transferencia a terceros de los derechos sobre las publicaciones que impidan que éstas estén en acceso abierto, aceptando aportaciones que, aunque estén depositadas, estén embargadas (artículo 37.6 de la LCTI).
    • Se explicita el compromiso de publicación de los baremos de aplicación en el proceso de evaluación de cada uno de los Campos antes de la apertura de la convocatoria. Estos baremos serán elaborados por los comités asesores —cuya composición renovada se publicará tan pronto como quede aprobada por el Consejo de Universidades—, con el acompañamiento de la dirección de ANECA y de sus órganos asesores.
    • Se integran muchas de las contribuciones recibidas tanto en el Preámbulo, como en los criterios generales y en los criterios específicos de todos los campos, siempre con el principio de no resultar excesivamente prescriptivos (bases de datos concretas, tipos de congresos concretos, etc.), de forma que estas cuestiones de mayor detalle se integren en los citados baremos.
    • Se ha revisado la denominación de algunos campos científicos y las áreas adscritas a los mismos (cambios entre 10 y 7.1 y entre 7.1 y 7.2) para responder de manera más precisa a la clasificación por ramas de conocimiento, de uso más extendido en las agencias de evaluación de la investigación, y para dar mayor coherencia científica a la composición de los 15 comités. 

La dirección de ANECA agradece de nuevo la colaboración de todas las personas y entidades que han participado en este proceso, así como la excelente labor de sus órganos de asesoramiento.