ANECA evalúa 428 solicitudes de profesorado funcionario durante mayo de 2026

ANECA evalúa 428 solicitudes de profesorado funcionario durante mayo de 2026

  • 04/06/2026

Durante el mes de mayo de 2026 se han evaluado 428 solicitudes de acreditación presentadas conforme con el procedimiento regulado por el RD 678/2023.

El plazo medio de resolución este mes es de 6 meses, aun con las incidencias informáticas que ANECA está intentando resolver desde el cierre, el pasado 17 de diciembre y por razones ajenas a su voluntad, de la anterior sede electrónica de presentación de solicitudes (ACCEDA), y su sustitución por la que ya tenía lista ANECA. Comparado con el mismo periodo del año anterior, el tiempo medio de resolución se ha reducido considerablemente para las distintas comisiones del programa ACADEMIA (en mayo de 2025, el plazo medio de resolución fue de 10,2 meses).

El cierre de la anterior sede electrónica no supuso un problema para las personas solicitantes, pero la evaluación por las comisiones de las solicitudes presentadas a partir del 17 de diciembre, ya revisadas por la unidad de profesorado de ANECA, se encuentra pausada por problemas técnicos. El volcado de solicitudes preparadas para ser evaluadas, desde la nueva sede electrónica a la aplicación informática que garantiza el cumplimiento de todos los trámites administrativos exigidos por las normas aplicables, está siendo muy complejo. Esperamos que en breve se resuelva en su totalidad y así puedan recuperar el ritmo de evaluación las comisiones de acreditación.

Con total transparencia, y para mandar un mensaje de tranquilidad, ANECA quiere informar de lo siguiente:

  • Las pocas solicitudes presentadas antes del 17 de diciembre de 2025 que quedan pendientes de resolución definitiva, la mayoría porque se ha pedido documentación complementaria o comunicado una propuesta de resolución negativa, se encuentran volcadas en la aplicación de gestión, por lo que continúa con normalidad su evaluación.  
  • Las solicitudes presentadas a partir del 17 de diciembre de 2025 han podido revisarse con normalidad para comprobar el cumplimiento de requisitos exigidos (se están pudiendo subsanar), por lo que las comisiones estarán en condiciones de evaluarlas en cuanto se resuelvan las incidencias informáticas derivadas del cambio de sede electrónica.
  • En el mes de mayo no se han reunido algunas comisiones porque ya habían prácticamente finalizado la evaluación de solicitudes presentadas antes del 17 de diciembre de 2025; y algunas que sí se han reunido ha sido solo para resolver algunas complementarias o alegaciones tras un prenegativo (estas se marcan con un asterisco en el informe adjunto, pues el elevado plazo medio no refleja un auténtico problema).

Esta ralentización coyuntural de la actividad evaluadora se ha compensado estos meses con un fortalecimiento de la formación que reciben las comisiones, sobre el nuevo procedimiento de acreditación y, en particular, la aplicación de los nuevos criterios (interpretación del requisito de movilidad, puntuación y debida motivación para realizar una correcta evaluación cualitativa basada en un uso responsable de indicadores cuantitativos, etc.). En breve se publicará por ANECA un documento detallado recopilatorio de los principios y orientaciones de resolución de solicitudes, que se han ido trasladando por la dirección a las comisiones y en este momento ya podemos entender consolidadas.

En el mes de mayo la media de evaluaciones positivas de profesorado titular ha sido de un 73%, mientras que la tasa de éxito media de acreditaciones a cátedra se ha situado en torno al 44%.

Al publicar estos datos se informa del trabajo efectivo de las comisiones, de las que algunas no se han reunido en este mes de manera excepcional. Esta publicación responde al compromiso de ANECA de ofrecer una comunicación más transparente sobre su actividad.

El número de solicitudes evaluadas que se recogen son:

  • Las resoluciones positivas y negativas (solicitudes resueltas).
  • Los acuerdos de trámite (peticiones de información complementaria, propuestas de resolución negativa y propuestas de inadmisión por no cumplimiento del requisito de movilidad, en las acreditaciones a PTU, o de la excelencia investigadora, en las acreditaciones a CU solicitadas por personas acreditadas a PTU/PPL).