Equivalencia a efectos exclusivos de acceso a estudios universitarios españoles de nivel superior
Para acceder a un Máster Universitario en España el Real Decreto 822/2021 establece en su artículo 18 como requisito poseer un título de Grado español o equivalente.
Para acceder a un Doctorado en España el Real Decreto 99/2011 establece en su artículo 6 como requisito poseer los títulos de Grado y de Máster Universitario español o equivalentes.
Se consideran equivalentes los títulos expedidos por un país del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que en ese país permita el acceso a estudios de Máster o de Doctorado.
Las universidades españolas pueden declarar la equivalencia de un título expedido por un país que no forme parte del EEES, a los únicos efectos de acceso a determinados estudios de máster o doctorado en la universidad española en cuestión, siempre y cuando el título acredite una formación equivalente a Grado o Máster y permita el acceso a estudios de Máster o de Doctorado en el país que lo emite.
Trámite: universidad elegida por la persona interesada.