Atrás Procedimiento de tramitación de los recursos de alzada contra las resoluciones de la CNEAI

Procedimiento de tramitación de los recursos de alzada contra las resoluciones de la CNEAI

  • 14/06/2022

Serán revisados por dos personas expertas del campo correspondiente que no pertenezcan a los comités de evaluación.

Serán revisados por dos personas expertas del campo correspondiente que no pertenezcan a los comités de evaluación.

Los recursos de alzada que se presenten a las resoluciones desfavorables en la evaluación de sexenios serán asignados de modo individual a una de las personas integrantes de Subpleno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI)  y cada uno de ellos será revisado por pares de personas expertas en el campo correspondiente que no pertenezcan a ninguno de los comités evaluadores, según se detalla en las instrucciones para establecer el procedimiento de revisión de recursos, aplicadas ya en la anterior convocatoria.

El proceso a seguir es el siguiente:

1. Cada recurso se asigna a una persona perteneciente al Subpleno de la CNEAI.

2. Lo revisan dos personas expertas, especialistas del campo correspondiente que NO pertenezcan a ningún comité asesor de evaluación de sexenios.

3. Estas dos personas analizan el recurso y elevan su evaluación a la persona de CNEAI responsable del caso para que presente informe individualizado.

4. Los informes son revisados por el Comité de Recursos.

5. La dirección de ANECA, a la luz de los informes revisados y en conformidad con Estatuto de ANECA, resuelve el recurso.