Atrás Novedades de los programas PEP (del Ministerio de Universidades) y ACADEMIA (de ANECA) ante la LOSU

Novedades de los programas PEP (del Ministerio de Universidades) y ACADEMIA (de ANECA) ante la LOSU

  • 12/04/2023

El pasado 30 de marzo la Secretaría General de Universidades (SGU) publicó una nota informativa sobre el proceso de acreditación a Profesor Ayudante Doctor (PAD) tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que regirá los procedimientos de todas las agencias de calidad que evalúan profesorado, entre ellas ANECA.

Esta Ley elimina la necesidad de poseer una acreditación para acceder a la figura contractual PAD. De este modo, como indica la nota de la SGU:

se elimina uno de los cuellos de botella identificados que ha hecho que la estabilización del profesorado universitario no se produzca hasta bien sobrepasados los cuarenta años y se da a las universidades la responsabilidad fundamental de elegir, dentro de su autonomía y respetando lo que marca la LOSU en cuanto a los procedimientos de selección del profesorado contratado, a su profesorado doctor más joven a semejanza de lo que ocurre en la gran mayoría de los sistemas universitarios avanzados con el proceso conocido como “tenure track”.

Por otra parte, la disposición transitoria tercera de la LOSU, en su apartado 1, establece que la acreditación vigente de PAD o de la figura equivalente en la normativa autonómica, se considerará como un mérito preferente, dentro de los cuatro años posteriores a la aprobación de la Ley, a efectos del acceso a la figura de PAD.

Por lo tanto, a partir de la entrada en vigor de la LOSU, los procesos de acreditación a la figura de PAD ya no podrán solicitarse por parte de los interesados ni por tanto llevarse a cabo por parte de las agencias de evaluación de la calidad. Aquellos procesos que se encuentren en marcha antes de la entrada en vigor de la Ley sí que podrán finalizarse conforme a la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.

Asimismo, ante la entrada en vigor de la LOSU, han sido numerosas las consultas sobre el programa ACADEMIA, por lo que ANECA reitera que el programa sigue permanentemente abierto y permite la presentación de solicitudes de manera continuada en los dos cuerpos docentes universitarios, de Profesor/a Titular de Universidad y de Catedrático/a de Universidad.

La entrada en vigor de la LOSU dará lugar al desarrollo de un nuevo Real Decreto de Acreditaciones, cuya entrada en vigor se anunciará con el plazo suficiente para que todas las personas interesadas en presentar una solicitud de acreditación puedan conocer el nuevo procedimiento. Además, se establecerá un periodo de transición suficiente para que las solicitudes dentro del nuevo procedimiento puedan registrarse con total conocimiento del nuevo sistema y de los criterios que se aplicarán y para que aquellas personas que estén preparando la presentación de una solicitud por el procedimiento actual puedan hacerlo antes del cambio de modelo.