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Acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios (Programa ACADEMIA)


Descripción:

El programa de Acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios (Programa ACADEMIA) evalúa el perfil de los solicitantes para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios (Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad).

Se regula por el RD 1312/2007, de 5 de octubre.



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Instrucciones

(Nota: estas instrucciones pretenden que el solicitante adquiera una idea general del procedimiento que debe emplear para presentarse a esta convocatoria, pero es imprescindible la lectura detallada de los documentos Guía de ayuda y Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de evaluación que pueden descargarse de esta página web)

La convocatoria está permanentemente abierta, de tal forma que puede enviar su solicitud en cualquier momento del año. El plazo de presentación de solicitudes comenzó el día 28 de enero.

El plazo de resolución de solicitudes, según lo dispuesto en el RD 1312/2007, será de 6 meses. A efectos del cómputo de dicho plazo, la Orden CIN/2202/2008, dechara inhábil el mes de agosto.

La acreditación surte efectos en todo el territorio nacional para concurrir al cuerpo al que se refiera, independientemente de la rama de conocimiento en la que el acreditado haya sido evaluado. El interesado, a efectos de traslado de su expediente a una de las Comisiones de Acreditación, debe indicar en la solicitud el cuerpo docente en el que pretende acreditarse y la rama de conocimiento por la que quiere ser evaluado. No se podrá solicitar la acreditación simultáneamente en más de una rama de conocimiento.

El solicitante debe elaborar y presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI
  • Solicitud (tres ejemplares)
  • Currículo (en el modelo establecido). Si utiliza la aplicación informática, NO DEBE PRESENTARLO COMO DOCUMENTO ESCRITO, pues el currículo ya está en la base de datos de ANECA.
  • Declaración de veracidad de la documentación entregada conteniendo una relación completa de los documentos aportados.
  • Autorización para inscribir su documentación en el Registro de la Dirección General de Universidades.
  • Documentación acreditativa de los méritos aportados (tal como se indica en la Guía de ayuda)

La solicitud (dos copias para ANECA y una para el interesado) y el currículo se generan mediante una aplicación informática (si se desea pueden entregarse como documentos escritos convencionales con los formularios disponibles en esta página web, pero la tramitación del expediente puede ser más lenta). La declaración y la autorización se elaboran a partir de los formularios que pueden obtenerse en esta página web.

En el caso de las acreditaciones que se corresponden con las disposiciones adicionales del Real Decreto 1312/2007 que no requieran una evaluación curricular (sólo certificaciones), NO SE DEBE UTILIZAR LA APLICACIÓN INFORMÁTICA NI ES NECESARIO PRESENTAR EL CURRÍCULO. Se entregará la solicitud, la declaración y la autorización en documentos escritos convencionales (con ayuda de los formularios disponibles en esta página web), acompañados por los certificados que avalan el cumplimiento de los requisitos (título de doctor, quinquenios y sexenios o cargos unipersonales).

Se recomienda confeccionar el currículo mediante la aplicación informática, con arreglo a las indicaciones de la Guía de ayuda. En este caso la aplicación le suministrará los ejemplares de la solicitud y no es necesario entregar copia impresa del currículo.

La documentación se puede presentar en:

  • Registro de ANECA, C/Orense nº 11, 7ª planta. 28020-Madrid.
  • Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local, si en este último caso se hubiese suscrito el oportuno convenio (artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  • En las oficinas de Correos en la forma establecida.

En esta misma página se puede obtener el documento Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de evaluación que describe el modelo de evaluación que emplearán las comisiones de acreditación y orienta en la selección de las aportaciones que se deben incluir en el currículo. Tanto la Guía de ayuda como este documento pueden sufrir modificaciones. ASEGÚRESE DE QUE ESTÁ UTILIZANDO LA ÚLTIMA VERSIÓN DEL DOCUMENTO CONSULTANDO ESTA PÁGINA WEB.

Se dispone de la dirección de correo electrónico: ayuda.acreditacion@aneca.es a través de la cual se atenderán todas las consultas relativas al procedimiento, al uso de la aplicación informática, etc. Para garantizar la calidad del servicio de atención al solicitante las consultas sólo se responderán por correo electrónico.

Instrucciones básicas para la utilización de la aplicación informática

Los solicitantes que ya participaron y fueron evaluados en el programa de evaluación para la contratación (PEP), a partir de junio de 2005, y tengan su currículo cumplimentado en la aplicación informática de dicho programa, al registrarse en la aplicación de recogida del currículo para la acreditación tendrán la posibilidad de descargar parte de los datos anteriores en el nuevo currículo (en caso de que esta opción no funcione correctamente, deberán comunicar la incidencia a ANECA a través de la dirección electrónica: ayuda.acreditacion@aneca.es.

ENLACES:


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Disposición adicional cuarta del RD 1312/2007

Los solicitantes de certificación de haber alcanzado en una Universidad de un Estado Miembro de la Unión Europea, una posición equivalente a la de Profesor Titular o Profesor Catedrático (disposición adicional cuarta del RD 1312/2007), deberán presentar en ANECA la solicitud de certificación según el modelo oficial, dirigido a la directora de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), de acuerdo con el siguiente procedimiento.

Todos los documentos que no estén escritos en castellano deberán presentarse con traducción jurada.

Toda la documentación que no sea original y no esté cotejada, deberá ir acompaña por una declaración de autenticidad del interesado.


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Composición de las Comisiones de acreditación para optar a los cuerpos docentes universitarios

El día 14 de diciembre se publicó la Resolución de 5 de diciembre de 2007, de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria por la que se publica el acuerdo del Consejo de Universidades por el que se designan los miembros de las comisiones de acreditación nacional y el día 8 de marzo de 2008 se publicó la Resolución de 5 de marzo de 2008, con la corrección de errores de la Resolución anterior.

Según lo dispuesto en la Disposición Adicional quinta del RD 1312/2007, se ha procedido a renovar al tercio más joven de los vocales titulares y suplentes. La nueva composición de las comisiones de acreditación está publicada en la Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.

Para la constitución de dichas comisiones, ANECA propuso al Consejo de Universidades una lista de posibles miembros, que contenía cinco candidatos por cada miembro titular. Dicha lista de posibles miembros fue elaborada por ANECA aplicando el Procedimiento de elaboración de las listas de expertos propuestas por ANECA al Consejo de Universidades.


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Constitución de las comisiones de acreditación para optar a los cuerpos docentes universitarios

Los días 20 y 21 de diciembre se celebraron las reuniones de constitución de las comisiones de acreditación del programa. Las fechas de constitución de cada una de ellas son las siguientes:

En cumplimiento del artículo 8 del Real Decreto 1312/2007, los miembros de las comisiones de acreditación firmaron el Código Ético elaborado por ANECA para este programa.

El día 20 de diciembre de 2007 se constituyeron las comisiones de acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios siguientes:

  • Profesores titulares de Ingeniería y Arquitectura
  • Profesores titulares de Artes y Humanidades
  • Profesores titulares de Ciencias
  • Catedráticos de Artes y Humanidades
  • Catedráticos de Ciencias Sociales y Jurídicas
  • Catedráticos de Ingeniería y Arquitectura

El día 21 de diciembre de 2007 se constituyeron las comisiones de acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios siguientes:

  • Profesores titulares de Ciencias Sociales y Jurídicas
  • Catedráticos de Ciencias
  • Profesores titulares de Salud
  • Catedráticos de Salud
  • Disposiciones adicionales primera y tercera del Real Decreto 1312/2007 de 5 de octubre.

Según lo dispuesto en la disposición final segunda del Real Decreto 1312/2007, las solicitudes de acreditación podrán presentarse a partir de los 30 días contados desde la constitución de la correspondiente comisión. Al no especificar el Real Decreto si estos días son naturales o hábiles, atendiendo a las normas generales del procedimiento administrativo, ha de entenderse que son hábiles, pues así lo establece el art. 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen administrativo y procedimiento administrativo común.

Por lo tanto, a partir de los días 28 y 29 de enero de 2008 (según cada Comisión de Acreditación) la convocatoria del Programa queda abierta con carácter permanente.

Las instrucciones sobre el procedimiento de presentación de las solicitudes de acreditación, así como la aplicación informática para la cumplimentación del Currículum Vitae, están disponibles en esta página web desde el 15 de enero de 2008.

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